MÁS QUE UNA ESCUELA MARÍTIMA

certificado especialidad marina mercante

Los programas se ajustan a la Resolución Oficial de 18 de Junio de 2013 (Enmiendas de Manila 2010), de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que actualizan y modifican los cursos de formación y sus programas, recogidos en la Orden FOM/2296/2002 de 4 de septiembre, en cumplimiento con el Convenio STCW 78/95.

FORMACIÓN básica
en seguridad

El Certificado de Especialidad de Formación Básica en Seguridad Marítima es el mínimo necesario y se requerirá su posesión a todo el personal que forma parte de la tripulación del buque y que ejerza funciones profesionales marítimas, así como a aquéllos a los que se les confían tareas de seguridad o de prevención de la contaminación relacionadas con las operaciones del buque, en virtud del Cuadro de Obligaciones y Consignas del Buque, del Plan de Emergencias de a Bordo en caso de Contaminación por Hidrocarburos o del Manual de Gestión de la Seguridad. 

buques de pasaje

Se requerirá la posesión del Certificado de Especialidad de Buques de Pasaje a los Capitanes, Oficiales de Puente y de Máquinas y Marineros o personal con funciones de emergencia y que preste un servicio directo a los pasajeros en los espacios destinados a estos en los buques de pasaje y en los buques de pasaje de transbordo rodado.

No será necesario este certificado a la tripulación de los buques de pasaje cuyas rutas en cabotaje nacional se desarrollen dentro de los recintos portuarios o ríos sin salir a la mar.

FORMACIÓN básica
en protección marítima

Se requerirá la posesión del Certificado de Especialidad en Formación Básica en Protección Marítima a todo tripulante de buques mercantes que deban disponer del Certificado de Protección de los Buques y de las Instalaciones Portuarias, y que no dispongan del Certificado de Oficial de Protección del Buque. En este certificado se incluyen la formación, la instrucción y las normas de competencia para tomar conciencia de los aspectos relacionados con la protección marítima.

embarcaciones de supervivencia y
botes de rescate no rápidos

Se requerirá estar en posesión de un Título de Oficial o Tripulante de la Marina Mercante. Tener salud compatible demostrada con un certificado médico. Haber aprobado los cursos básicos de seguridad modelo OMI. En este certificado se estipularán unos objetivos generales en base a la organización de los supervivientes y la gestión de la embarcación de supervivencia tras abandonar el buque, así como la administración de primeros auxilios y el uso de dispositivos de localización.

botes de rescate rápidos

Para la expedición por la Administración Marítima del certificado, se deberá haber realizado previamente el curso de “Embarcaciones de Supervivencia y Botes de rescate no rápidos”.

El objetivo del curso será el conocimiento de la construcción, mantenimiento, reparaciones y equipo de los botes de rescate rápidos. Equipos y dispositivos de puesta a flote de los botes de rescate rápidos. Puesta a flote y recuperación de un bote de rescate rápido. Hacerse cargo de un bote de rescate rápido después de su puesta a flote. Manejar el motor de un bote de rescate rápido. 

Avanzado en la lucha contra incendios

Se requerirá la posesión del Certificado de Especialidad de Avanzado en Lucha Contra Incendios a los Capitanes y Oficiales de puente y de máquinas de buques mercantes, así como a los tripulantes de buques que deban estar en posesión del Certificado de Familiarización en buques petroleros y quimiqueros o del Certificado de Familiarización en buques gaseros.

opb. oficial de protección
del buque

Se requerirá estar en posesión del título de Oficial de Cubierta o Máquinas de la Marina Mercante.

Los objetivos se fundamentan en comprender y aplicar los planes de protección de la compañía. Ejecutar de manera eficiente las medidas pertinentes para prevenir los actos que afecten a la protección de los pasajeros, tripulación, la carga y el buque. Operar de manera eficiente las alarmas instaladas para este fin, así como los sistemas de comunicación internos y externos respectivamente.

atención personas discapacidad

Este curso tiene por objeto fomentar protocolos de formación y actuación del personal de las empresas navieras que establecen los puntos 16 y 18 del anexo II del RD 1544/2007, de 23 de noviembre, por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los modos de transporte para personas con discapacidad y regular la formación del personal de las compañías navieras que presten sus servicios en las oficinas de las terminales portuarias en relación con la asistencia y apoyo a las personas con discapacidad.

PRÓXIMAS CONVOCATORIAS -2021-

FORMACIÓN BÁSICA EN SEGURIDAD

8 a 14 de Marzo

BUQUES DE PASAJE

1, 2 y 3 de Marzo

FORMACIÓN BÁSICA PROTECCIÓN MARÍTIMA

4 y 5 de Marzo

ATENCIÓN DE PASAJEROS CON DISCAPACIDAD EN EL MEDIO MARÍTIMO

25 y 26 de Marzo

BOTES DE RESCATE NO RÁPIDOS

5 a 8 de Abril

ACTUALIZACIÓN CERTIFICADOS

17 y 18 de Marzo